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Abogados de inmigración en Maryland, D.C., Virginia y Florida

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Maryland Immigration Attorneys

LOS ABOGADOS DE INMIGRACIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS

Brindando nuestros servicios en los estados de Maryland, D.C., Virginia y Florida

Estamos listos para ayudarlo a usted y a su familia

Bienvenidos a las oficinas legales de inmigración de Sanabria y Associates. Si usted o un miembro de su familia están tratando de obtener o ajustar el estatus legal en los Estados Unidos o se enfrenta a la deportación, es esencial ser representado por un abogado de inmigración experimentado con el fin de evitar errores que pueden retrasar el proceso o hacer que su solicitud sea negada.

Nuestros abogados son inmigrantes y saben lo importante que son sus servicios para sus clientes. Usted puede estar seguro de que van a utilizar toda su experiencia e influencia al tratar con USCIS para obtener un resultado exitoso. Con el fin de asegurar que usted o un miembro de su familia pueda ejercer de inmediatoy plenamente sus derechos legales, comuníquese con nuestros abogados para una consulta legal gratuita ya sea por teléfono o en una de nuestras oficinas en Silver Spring, Langley Park y Baltimore Maryland, así como en D. C., Manassas VA y Doral FL.

LOS SERVICIOS LEGALES DE INMIGRACIÓN QUE OFRECEMOS

Immigration Legal ServicesLos Abogados de Inmigración en Sanabria & Associates le ofrecen una variedad de servicios legales de visas e inmigración, de acuerdo a sus necesidades de inmigración. Si usted está buscando una tarjeta de residencia, asilo, o necesita evitar su deportación o su no repatriación, nuestros abogados experimentados están aquí para ayudarlo.

LA CIUDADANÍA Y LA NATURALIZACIÓN: Para que alguien califique como ciudadano de los Estados Unidos a través de la naturalización, primero debe tener un estatus de residente permanente legal (RPL), o tarjeta de residencia, durante al menos cinco años.

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Sin embargo, si usted se convirtió en un RPL a través de un cónyuge que es un ciudadano de los Estados Unidos, sólo tiene que tener el estatus RPL durante tres años. Para solicitar la ciudadanía de los Estados Unidos, primero debe cumplir con ciertos requisitos.

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TARGETA DE RESIDENCIA A TRAVÉS DE LA FAMILIA: Muchas personas pueden obtener el permiso de residencia, o convertirse en residentes permanentes de los Estados Unidos, a través de un miembro de su familia.

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 Usted puede ser elegible para un permiso de residencia si usted es: (1) Familiar inmediato de un ciudadano estadounidense, incluye cónyuges, hijos (as) solteros (as) menores de 21 años de edad y padres de ciudadanos estadounidensespeticionarios que tengan 21 añosde edad o más; (2) un miembro de familia de un ciudadano estadounidense que encaje en una categoría preferencial; (3) un miembro de la familia de un residente permanente; o (4) un miembro de un grupo o categoría especial, como un cónyuge o un niño maltratado o abusado, o una viuda de un ciudadano estadounidense.

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TARGETA DE RESIDENCIA A TRAVÉS DEL MATRIMONIO: Usted puede ser elegible para una tarjeta de residencia, o el estatus legal de residente permanente si su cónyuge es ciudadano de los Estados Unidos o titular de una tarjeta de residencia.

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  Dependiendo de las circunstancias, ciertos formularios deben ser llenados, la documentación requerida debe ser proporcionada y otras condiciones pueden ser requeridas.

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TARGETA DE RESIDENCIA A TRAVÉS DE G-4:  Los empleados de las organizaciones internacionales pueden ser elegibles para visas G. Aquellos que vienen a los Estados Unidos para tomar ejercer un puesto en una organización internacional designada, incluyendo las Naciones Unidas y sus familiares directos, pueden obtener una visa G-4.

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Los ex oficiales y los empleados de organizaciones internacionales pueden ser elegibles para un tipo especial de tarjeta de residencia si viven en los Estados Unidos con una visa G por lo menos durante quince años antes de su jubilación, siempre y cuando hayan vivido al menos la mitad de los últimos siete años, antes de aplicar para un permiso de residencia.

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RENOVACIONES DE TARJETAS DE RESIDENCIA PARA LOS RESIDENTES CONDICIONALES, I-751: Los residentes permanentes condicionales reciben una tarjeta de residencia por dos años.

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 Sin embargo, para seguir siendo un residente permanente legal, un residente permanente condicional debe presentar una petición para remover la condición durante los noventa días previos a que expire su tarjeta de residencia. Si no puede eliminar las condiciones puede perder su estatus de residente permanente.

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LUCHA CONTRA EL RETRASO DE INMIGRACIÓN, WRIT OF MANDAMUS: A veces los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos se atrasan o se demoran en tomar una decisión sobre el estado de su solicitud de naturalización o una tarjeta de residencia. En estos casos, se puede presentarun writ of mandamus para agilizar una decisión sobre su caso.

VISAS DE EMPLEO O DE TRABAJO: Usted puede obtener una visa de trabajo temporal o permanente dependiendo de varios factores, incluyendo su ocupación, sus certificaciones y si está patrocinado por un empleador.

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  Hay muchos tipos de visas para los trabajadores temporales no inmigrantes, incluyendo aquellas para los artistas, los atletas y los empleados diplomáticos. Un número limitado de inmigrantes puede obtener visas permanentes basadas enel empleo, que se dividen en cinco categorías preferenciales. Si usted emigra a los Estados Unidos basado en un trabajo, la ley federal típicamente requiere que, en la mayoría de los casos, usted debe obtener la certificación laboral del Ministerio de Trabajo.

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VISAS DE INVERSIONISTA: Algunos empresarios, sus cónyuges y sus hijos solteros menores de veintiún años de edad pueden ser elegibles para el estatus de residente permanente legal si hacen una inversión en una empresa comercial en los Estados Unidos. El empresario también debe planificar la creación o la conservación de diez empleos permanentes a tiempo completo para trabajadores calificados de los Estados Unidos.

LA NUEVA LEY DE EXENCIÓN DE INMIGRACIÓN: Una nueva norma, que entró en vigencia en agosto del 2016, amplía el proceso de exención provisional por presencia ilegal.

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Les permite a ciertas personas que sonfamiliares de ciudadanos de los Estados Unidos y de residentes legales permanentes, y que por ley, califican para visas de inmigrante, a llevar el proceso de inmigración con mayor facilidad. El proceso de exención provisional ahora está disponible para todas las personaslegalmente elegibles para la exención, no sólo a los parientes inmediatos de los ciudadanos de los Estados Unidos y RPL. La nueva norma promueve y apoya la unidad familiar y también mejora la eficiencia administrativa.

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LA FIANZA DE INMIGRACIÓN: Algunos extranjeros que se encuentran en detención de inmigración pueden ser elegibles para una fianza de inmigración.

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 Las fianzas de inmigración son otorgadas por los Jueces de Inmigración o por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, y la fianza garantiza que, si el inmigrante es puesto en libertad, comparezca en todos los futurosprocedimientos judiciales.

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TRIBUNAL DE DEPORTACIÓN, DESTITUCION E INMIGRACIÓN: El gobierno de los Estados Unidos normalmente no puede deportarlo hasta que se le dé la oportunidad de presentar su caso ante un juez de inmigración el cual es denominado un procesode remoción. Hay una serie de razones por las que el gobierno puede estar tratando de deportarlo.

CANCELACIÓN DE REMOCION PARA LOS RESIDENTES NO PERMANENTES: Si usted aún no es un residente permanente legal y usted ha vivido en los Estados Unidos por lo menos diez años, entonces usted puede ser elegible para solicitar la cancelación de la remoción. La cancelación de la remoción es una forma de asistencia para evitar la deportación o la expulsión de los Estados Unidos.

ASILO: Si usted está huyendo de la persecución que ha sufrido en su país de origen, o si no puede regresar a su país de origen debido a amenazas que ponen en peligro su vida u otras razones extraordinarias, puede ser elegible para el asilo en los Estados Unidos. Para obtener el estatus de residente permanente como asilado, usted debe calificar para este estatus por el período de un año.

PERMITA QUE LOS ABOGADOS SANABRIA Y ASSOCIATES LO AYUDEN HOY MISMO

Brindamos Consultoría Legalde Inmigración Gratuitay Confidencial

Si está buscando estatus de residente permanente legal, ciudadanía, asilo o la visa de no inmigrante, o incluso si necesita la ayuda con una apelación de inmigración, procesos de deportación y remoción,los abogados Sanabria & Associates, con experiencia y bien informados están aquí para ayudarle.

Comuníquese con Sanabria & Associates las 24 horas del día, los 7 días de la semana en Maryland al (301) 585-8400, D.C. al (202) 506-4404, Virginia al (571) 552-4386 y Florida al (305) 922-9995 o por correo electrónico para una consulta gratuita o programar una visita en nuestras oficinas.

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